Doctor Skupin aclara acusaciones sobre su ejercicio profesional

Foto Dr. Skupin

SANTO DOMINGO. - El doctor Skupin, director de la clínica 3 Med Health Institute S.R.L., explicó a este medio que este centro cuenta con la Licencia de Habilitación del Ministerio de Salud Pública (MSP), según el Artículo 100 de la Ley General de Salud 42-01, el Artículo 160 de la Ley 87-01 y el reglamento 1138, otorgada el 14 de septiembre del 2016 y válida hasta el 14 de septiembre del 2020, como Centro de Segundo Nivel de Atención  (centro con servicios que incluyen atención especializada básica y que no requieren intervenciones complejas).

Tras la emisión de informaciones referentes a la clínica y a su director, el doctor Skupin explicó, mediante una nota aclaratoria, que la primera Habilitación Provisional otorgada al centro que dirige  por el MSP, fue emitida el 15 de agosto del 2011 y ha sido renovada en cuatro ocasiones, cumpliendo los requerimientos e inspecciones del Ministerio y que ha desarrollado su labor médica de manera profesional, sin inconvenientes hasta la actualidad.

Dijo que en los documentos que ha presentado la clínica desde 2011 hasta junio del 2016 al MSP se incluye la cartera de servicios que se ofrece en el centro, incluyendo los procedimientos de plasma rico en plaquetas,  transferencia de tejido graso y el autotrasplante de médula ósea como técnica regenerativa.

De acuerdo con Skupin, el centro cuenta con una sala de procedimientos que cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas por el ministerio y utilizan equipos aprobados por la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA, por sus siglas en inglés), para el procesamiento de muestras como: P&C Estación Médica Múltiple (campana de flujo laminar para el manejo de muestras biológicas, que incluye filtro HEPA independiente y luz ultravioleta, equipo de centrifuga y homogeneizador de muestras integrado) y Harvest SmartPReP2 (que permite obtener la mayor concentración de plaquetas en el plasma y la más alta concentración de Células Madre en el aspirado de médula ósea).


Dijo que esta clínica sigue la regulación 21CFR 1271.15 (b) de la FDA para el manejo de los tratamientos de terapia celular. Agregó que actualmente no existe regulación para la terapia celular en República Dominica pero están a la espera de la misma para cumplir con los requisitos que solicite el MSP.

Según explicó, todos los pacientes de la clínica deben leer y firmar antes de su tratamiento un consentimiento informado donde se cumple con el artículo 28, literal “f”, de la Ley General de Salud 42-01.

Aclaró que mediante el Decreto del Poder Ejecutivo No. 519-01, promulgado el 8 de mayo de 2001, le fue otorgado el Exequátur de Ley, que lo habilita para el ejercicio de la profesión en Medicina en República Dominicana. Explicó que el 19 de marzo de 2013 el Departamento de Consultoría Jurídica del MSP emitió la certificación JUR.508-2013, donde confirmó que está facultado para ejercer su profesión de Medicina de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias correspondientes.

Finalmente, el Dr. Skupin afirmó que todos los documentos que avalan sus argumentos están disponibles en su página web www.3medhealthdr.com en la sección de certificaciones, en el canal de YouTube y en las redes sociales de Facebook y Twitter.

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