Comunicado Sociedad Obstetricia sobre proyecto ley de violencia obstétrica

SANTO DOMINGO.-Los derechos humanos son garantías jurídicas universales que protegen a las personas contra acciones y omisiones, que interfieren con las libertades fundamentales y con la dignidad humana, se requiere de abordar en un lenguaje positivo en el proceso, planteado los cuidados respetuosos como estrategia y no encasillarnos  en el término de violencia obstétrica, es necesario sistematizar la experiencia, especialmente en jornadas de sensibilización y promoción en los hospitales para conocer las necesidades, percepciones y actitudes del personal de salud de todo tipo de niveles.

El análisis de una propuesta de Ley más su aplicación implica un proceso sistemático de carácter multisectorial y multidisciplinario que se debería de sostener de evidencias e informaciones obtenidas a través de la investigación y la consulta a sectores y actores claves, así como datos provenientes de una de la vigilancia epidemiológica y los sistemas de información.

Sin embargo pensamos que el termino violencia obstétrica es un término incriminatorio para el personal de salud , ya que desde el punto de vista legal con el simple hecho de tener una acción con la paciente, que aun  estando  dentro de las normas y guías de protocolo de seguimiento del aborto, embarazo , parto o puerperio, si la paciente  entiende como agresión cualquier acción psicológica o física, estaría la ley 42-01, que habla sobre cómo se debe actuar en caso de que sus derechos sean violados, por lo que, no entendemos porqué nos debemos referir al término de  violencia obstétrica, cuando el mismo existe como calidad y humanización de la atención materna y neonatal.

El Ministerio de Salud Pública a través de la Dirección Materno Infantil y Adolescentes, realizaron un análisis donde definieron los estándares de calidad de la estrategia Madres y Recién Nacidos Bien Cuidados en su nivel básico.

1.       Humanización de la madre y el recién nacido

2.       Intervenciones de calidad basadas en evidencias durante la atención obstétrica: control prenatal, preparto, parto y puerperio.

3.       Intervenciones de calidad basadas en evidencias durante la atención al recién nacido.

4.       Aseguramiento del registro oportuno de nacimiento.

El día 25 de septiembre de 2018 se oficializó mediante , Disposición Ministerial 000007, la certificación en calidad y Humanización de la atención de la madre y el recién nacido como modelo de reconocimiento a las buenas prácticas en la atención materna y neonatal.

El 15 de enero de 2020, mediante Resolución Ministerial no. 000002 se ponen en vigencia los manuales de estándares, implementación y evaluación externa, así como sus herramientas para la certificación.

Es lamentable que un tema tan sensible y culturalmente arraigado como es la violencia contra las mujeres en la República Dominicana, sectores de intereses oscuros que desconocen la epistemología científica de los procesos quirúrgicos, que desconocen el proceso obstétrico y de la relación médico-paciente, pretendan distraer la atención de todo un país, en su lucha contra la violencia a la mujer.

Que pretendan crear, inducir e imponer un concepto de violencia obstétrica configurando responsabilidades, roles y componentes de diversos actores y entidades del sector salud, pero que al final sólo perjudica directamente al gineco obstetra, tomándolo como conejillo de indias para el inicio de la criminalización de la medicina

Este anteproyecto de ley busca que el médico sea sancionado con las mismas penas del hombre que es pareja o expareja de una mujer en el marco de una violencia de género, prevista en el artículo 309-3 del Código Penal, donde se lo sanciona con penas de 5 a 10 años de prisión. Este tipo de relación no se corresponde con la relación médico paciente.

Tras leer los artículos 309-1 y 309-3, con sus numerales del Código Penal Dominicano, nos parece descabellado que se pretenda comparar a un médico ginecólogo obstetra en el ejercicio de su profesión con aquel hombre maltratador, agresor de mujeres, condenado en esos artículos como culpable de cometer violencia contra su pareja o expareja, cónyuge o ex cónyuge.

Un despropósito total.

Una comparación que ofende a los ginecólogos obstetras.

La Sociedad Dominicana de Obstetricia y Ginecología, el Colegio Médico Dominicano y todo el sector salud debemos unirnos en contra de la promulgación de esta ley que persigue criminalizar el ejercicio de la medicina, de manera muy especial en este caso del ginecólogo obstetra, lo que afectará el buen ejercicio y manejo de nuestra especialidad.

No nos oponemos a que exista un régimen de consecuencias a aplicar en todos los niveles del ejercicio de la profesión médica, pero nunca la criminalización del ejercicio será una opción a recibir como consecuencia a no lograr lo deseado en salud porque, ninguno de nosotros estudió medicina para hacer daño ni está en nuestro ADN de médicos el ser criminales.

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