El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) dispuso la digitalización de los formularios de solicitud de los Subsidios por Enfermedad Común, Maternidad y Lactancia, una medida orientada a agilizar los procesos, reducir los tiempos de respuesta y facilitar el acceso de los afiliados a estos beneficios del Seguro Familiar de Salud (SFS).
La iniciativa fortalece la modernización del Sistema Dominicano de Seguridad Social, promoviendo mayor eficiencia, transparencia y simplificación administrativa, informó la gerente general del CNSS, Aura Celeste Fernández Rodríguez.
“La digitalización representa un paso firme hacia servicios más accesibles y oportunos, eliminando la necesidad de imprimir, firmar físicamente y escanear documentos”, explicó la funcionaria.
A partir de esta disposición, las certificaciones médicas y los datos requeridos podrán cargarse directamente en la plataforma digital habilitada por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), sustituyendo el esquema basado en documentación física. No obstante, la notificación inicial del trabajador podrá realizarse por cualquier medio.
Fernández Rodríguez reiteró que la Resolución No. 631-07 elimina la obligación de imprimir el formulario y establece que este debe completarse de manera digital, como parte del proceso de modernización y simplificación de los trámites.
La normativa también incorpora en el formulario la posibilidad de modificar la persona designada para recibir el subsidio en caso de fallecimiento de la afiliada, garantizando la protección y continuidad del derecho.
Asimismo, amplía el universo de beneficiarios al incluir a todos los posibles responsables legales del menor. Podrán acceder al beneficio la persona designada por la madre, el tutor designado por el Consejo de Familia y quien tenga la guarda otorgada mediante sentencia judicial, conforme a la Ley 136-03. Con esta disposición se reconoce formalmente las distintas figuras legales responsables del cuidado del menor, fortaleciendo su protección.
El CNSS precisó que el tope de diez salarios mínimos se aplica a cada cuota mensual del subsidio y no al monto total acumulado, aclaración que evita interpretaciones erróneas y posibles cálculos incorrectos en la aplicación del beneficio.
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