Ciudadanos sólo tendrán acceso a una prueba gratuita al año para detectar COVID-19

SANTO DOMINGO. El Ministerio de Salud Pública actualizó los protocolos de procedimientos y pruebas para la detección del COVID-19.

Mediante la resolución  Núm. 000017 emitida el 9 de abril, la entidad dispuso que los ciudadanos tendrán acceso a una prueba PCR gratuita o subsidiada al año para detectar el COVI-19 y con la condición de haberse realizado una prueba antigénica con resultado positivo, así como cumplir los siguientes requisitos:

Para las personas con signos y síntomas sugestivos de enfermedad COVID-19: Si una prueba de antígeno es positiva, se considerará infectado con el SARS-CoV-2. Si una prueba de antígeno es negativa, se confirmará con una prueba de PCR  en tiempo real; la cual, si resulta positiva, se tratará como un caso infectado con el SARS-CoV-2. Mientras que, si la prueba de PCR es negativa, se considerará negativo al virus del SARS-CoV-2.

Para las personas asintomáticas, pero con un contacto cercano enfermedad COVID-19 diagnosticada: Si una prueba de antígeno es positiva, se requerirá de una prueba confirmatoria de PCR en tiempo real, considerándose la persona asintomática, con un contacto cercano con COVID-19, con una prueba antigénica positiva confirmada por una PCR  infectada con el SARS-CoV-2.

Con una prueba antigénica positiva y una prueba PCR negativa, la persona se considerará como un caso asintomático sin evidencia actual de infección. Si la prueba de antígeno es negativa, se considerará sin evidencias de infección actual al COVID-19.

Para las personas asintomáticas sin una fuente de exposición conocida a la enfermedad del COVID-19: si una prueba de antígeno es positiva se requerirá de una prueba confirmatoria de PCR en tiempo real, considerándose la persona asintomática sin un contacto conocido con coronavirus con una con una prueba antigénica positiva confirmada por una PCR, infectada, mientras que una prueba antigénica positiva confirmada, con una prueba PCR negativa, como un caso asintomático con evidencia actual de infección a dicho virus. Si la prueba de antígeno es negativa, es considerada a la persona como no infectada.

Para ver resolución completa acceda aquí.

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