Tribunal Constitucional obliga ARS a contratar servicios del SNS

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SANTO DOMINGO. - El Tribunal Constitucional rechazó la acción directa de inconstitucionalidad presentada el 14 de septiembre de 2015 por las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS):  ARS Universal, Humano, Palic Salud, SIMAG, Monumental, Dr. Yunén, y Constitución; contra la ley que creó el Servicio Nacional de Salud (SNS).

Esta ley obliga a las ARS a contratar servicios con los establecimientos que conforman el Sistema Nacional de Salud (SNS).

La acción de inconstitucionalidad presentada por las ARS buscaba la nulidad del párrafo II del artículo 14 de la Ley 123-15, del 16 de julio de 2015, que establece que “toda administradora de riesgos de salud, habilitada en el marco del Sistema Dominicano de Seguridad Social, está obligada a establecer convenios y contratos con los establecimientos y servicios del SNS, para la prestación de servicios a sus afiliados”.

El Tribunal Constitucional declaró que la disposición impugnada es “conforme” con la Constitución, porque no viola disposiciones de la Carta Magna. 

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